La incapacidad temporal sustituye parte de los ingresos mientras la persona trabajadora no puede trabajar y recibe asistencia sanitaria. La cuantía depende del origen de la baja, de la base reguladora y de posibles mejoras del convenio colectivo.
Revisión: 13 de julio de 2026, conforme a la información de la Seguridad Social.
Cuánto se cobra por una baja común
| Periodo | Prestación legal | Responsable del pago |
|---|---|---|
| Días 1 a 3 | No nace subsidio por contingencia común, salvo mejora aplicable | Sin subsidio legal |
| Días 4 a 15 | 60% de la base reguladora | Empresa |
| Días 16 a 20 | 60% de la base reguladora | INSS o mutua, normalmente mediante pago delegado |
| Desde el día 21 | 75% de la base reguladora | INSS o mutua, normalmente mediante pago delegado |
Accidente de trabajo y enfermedad profesional
La prestación es el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja. El día de la baja corre a cargo de la empresa como salario. Decir que la mutua paga «desde el mismo día» es impreciso.
Cómo se calcula la base reguladora
Con carácter general, para enfermedad común o accidente no laboral se toma la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior y se divide entre 30 si el salario es mensual; si es diario, entre los días a los que se refiere la cotización. Los supuestos de accidente de trabajo, pluriempleo, contratos a tiempo parcial o trabajadores autónomos tienen reglas específicas.
Requisitos y situaciones especiales
- En enfermedad común se exige, con carácter general, haber cotizado 180 días dentro de los cinco años anteriores.
- En accidente, sea o no laboral, y enfermedad profesional no se exige un periodo previo de cotización.
- La menstruación incapacitante secundaria, la interrupción del embarazo, la semana 39 de gestación y la donación de órganos o tejidos tienen reglas propias.
- Un convenio colectivo puede mejorar la prestación y complementar el salario, pero no es una garantía universal.
Fuente oficial: Seguridad Social: incapacidad temporal, cuantía y base reguladora.
Ejemplo orientativo
Si la base reguladora diaria es 60 €, una baja común generaría 36 € diarios del día 4 al 20 y 45 € diarios desde el día 21, antes de retenciones y sin contar complementos de convenio. Los tres primeros días no generan el subsidio común salvo mejora aplicable.
Preguntas frecuentes
¿La empresa puede completar la baja hasta el 100%?
Sí, si lo establece el convenio colectivo, el contrato o una mejora voluntaria. No forma parte automáticamente de la prestación mínima legal.
¿Quién ingresa el dinero en la nómina?
Aunque el responsable económico sea el INSS o la mutua desde el día 16 en contingencias comunes, la empresa puede abonarlo mediante pago delegado en la nómina.
¿Una baja por accidente laboral se cobra desde el día del accidente?
El subsidio del 75% nace desde el día siguiente; el día de la baja lo abona la empresa como salario.