El modelo 130 es la declaración trimestral del pago fraccionado a cuenta del IRPF para autónomos en estimación directa. Hay que presentarlo aunque el resultado sea cero.
Cálculo del modelo 130
| Concepto | Importe ejemplo |
|---|---|
| Ingresos acumulados del año | 20.000 € |
| Gastos deducibles acumulados | -8.000 € |
| Rendimiento neto | 12.000 € |
| 20% sobre rendimiento neto | 2.400 € |
| Retenciones soportadas | -400 € |
| Pagos fraccionados anteriores del año | -600 € |
| Cuota a ingresar | 1.400 € |
Preguntas frecuentes
¿Quién no tiene que presentar el modelo 130?
Los autónomos cuyas actividades soportan más del 70% de sus facturas con retención de IRPF. En ese caso, están exentos porque ya se aplica retención directa.
¿Cuándo se presenta el modelo 130?
Del 1 al 20 de los meses de abril (1T), julio (2T), octubre (3T) y enero (4T del año anterior).