Gastos deducibles del alquiler en el IRPF: guía 2026

El rendimiento neto del alquiler se calcula restando de los ingresos íntegros los gastos fiscalmente deducibles y la amortización que corresponda. Después, en los alquileres destinados a vivienda, puede aplicarse una reducción sobre el rendimiento neto positivo si se cumplen los requisitos.

Revisión: 13 de julio de 2026, con el Manual de Renta 2025 de la Agencia Tributaria.

Gastos que pueden ser deducibles

  • Intereses y demás gastos de financiación vinculados al inmueble alquilado.
  • Conservación y reparación; no las mejoras o ampliaciones, que siguen otro tratamiento.
  • IBI, tasas, comunidad y otros tributos o recargos no sancionadores soportados por el arrendador.
  • Seguros, defensa jurídica, administración, vigilancia y servicios de terceros necesarios.
  • Saldos de dudoso cobro cuando se cumplen los requisitos.
  • Suministros pagados por el propietario si son gastos necesarios y no los reembolsa el inquilino.
  • Amortización del inmueble y de los bienes cedidos con él dentro de los límites fiscales.

Los gastos se imputan al periodo en que el inmueble genera rendimientos. Los intereses y los gastos de conservación y reparación tienen un límite conjunto: no pueden superar los ingresos íntegros de ese inmueble en el ejercicio; el exceso puede trasladarse a los cuatro años siguientes dentro del límite aplicable.

Amortización del inmueble

Para inmuebles, la AEAT recoge tras la sentencia del Tribunal Supremo 1502/2025 una amortización entre el 1% y el 3% sobre el mayor entre el coste de adquisición satisfecho y el valor catastral, excluyendo en ambos casos el valor del suelo. Debe prorratearse por los días alquilados.

Fuente oficial: AEAT: gastos deducibles en rendimientos de capital inmobiliario.

Reducción por alquiler de vivienda

ContratoReducción sobre rendimiento neto positivo
Anterior al 26 de mayo de 202360% con carácter general, si cumple el régimen transitorio
Desde el 26 de mayo de 202350% con carácter general
Desde el 26 de mayo de 2023 con requisitos reforzados60%, 70% o 90%, según el supuesto legal

La reducción no significa «deducir el 60% de los gastos». Se aplica después de calcular un rendimiento neto positivo y solo a alquileres que satisfacen una necesidad permanente de vivienda. Los alquileres turísticos no aplican esta reducción.

Fuente oficial: AEAT: cuadro oficial de reducciones por arrendamiento de vivienda.

Preguntas frecuentes

¿Los gastos de un piso vacío son siempre deducibles?

No. Debe analizarse si son necesarios para obtener rendimientos y el periodo efectivamente arrendado. Los días de uso propio o a disposición del titular pueden generar imputación de renta inmobiliaria.

¿Una reforma completa es reparación?

No necesariamente. Si supone una mejora o ampliación, su coste no se deduce como reparación corriente y puede formar parte del valor amortizable.

¿La reducción general actual es del 60%?

Depende de la fecha del contrato. Para contratos nuevos desde el 26 de mayo de 2023, la reducción general es del 50%; los porcentajes superiores exigen condiciones concretas.


Calculadoras y guías relacionadas

Deja un comentario