La retención sobre un alquiler urbano no depende solo de que el inquilino sea una empresa. La obligación aparece cuando quien paga la renta está obligado a retener conforme a la normativa y el arrendamiento no entra en una excepción.
Revisión: 13 de julio de 2026.
Regla general
| Situación habitual | Tratamiento orientativo |
|---|---|
| Vivienda alquilada por un particular para vivir | Normalmente sin retención |
| Local u oficina alquilado por una empresa o profesional para su actividad | Retención general del 19%, salvo excepción |
| Inmueble urbano dentro de una excepción reglamentaria | Sin retención si se cumplen todos los requisitos |
La retención se practica, con carácter general, sobre la renta y los conceptos satisfechos al arrendador que formen parte de la base de retención, sin incluir el IVA. El pagador ingresa la retención en Hacienda; el propietario declara el ingreso íntegro y descuenta las retenciones soportadas.
Modelos del inquilino obligado a retener
- Modelo 115: autoliquidación periódica de las retenciones por arrendamiento.
- Modelo 180: resumen anual, cuando exista obligación.
- Certificado de retenciones: el pagador debe facilitar al arrendador la información correspondiente.
Hay excepciones —por ejemplo, determinados arrendamientos de vivienda para empleados o supuestos relacionados con el importe anual y la clasificación del arrendador— que deben revisarse en la norma. No es seguro decidir solo por el nombre del contrato.
Fuente oficial: AEAT: tipos de retención e ingreso a cuenta.
Ejemplo
Si la base mensual del alquiler sujeta a retención es 1.000 €, la retención general sería 190 €. Si además se repercute IVA, este se calcula por separado y no aumenta la base de retención. El flujo de pago exacto debe reflejar factura, renta, IVA y retención.
Preguntas frecuentes
¿Un alquiler de vivienda entre particulares lleva retención?
Normalmente no cuando el inquilino la utiliza como vivienda y no actúa como obligado a retener por su actividad.
¿El propietario declara solo lo que recibe en el banco?
No. Declara el ingreso íntegro que corresponda y consigna la retención soportada como pago a cuenta.
¿Las plataformas turísticas retienen siempre?
No debe afirmarse de forma general. El tratamiento depende de quién paga, de su condición de obligado a retener, de la relación contractual y de la normativa específica.