Nuda propiedad y usufructo: qué son y cómo tributan

La nuda propiedad es la propiedad de un bien sin el derecho a disfrutarlo; el usufructo es el derecho de uso y disfrute sin ser propietario. Juntos, forman la plena propiedad. Es una figura muy usada en herencias y donaciones.

Valoración del usufructo según edad del usufructuario

Edad del usufructuario % sobre el valor pleno
Menos de 20 años 70%
Entre 20 y 29 años 68% (baja 2% por año hasta 60%)
Entre 60 y 69 años 40%
70 años o más 10% mínimo

Preguntas frecuentes

¿La nuda propiedad tributa por ISD?

Sí, cuando se recibe por herencia o donación, el nudo propietario tributa por el valor de la nuda propiedad y el usufructuario por el del usufructo.

¿Qué pasa cuando fallece el usufructuario?

El usufructo se extingue y el nudo propietario consolida la plena propiedad. El nudo propietario debe liquidar el ISD de la consolidación, aplicando el tipo que correspondió en su momento.

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